La fianza en el contrato de alquiler

contrato compraventa

La fianza es un aspecto importante a tener en cuenta a la hora de alquilar una propiedad. En España, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el dueño puede exigir al inquilino una fianza que no podrá ser superior a una cantidad equivalente a un mes de renta.

Pero, ¿qué es exactamente la fianza? ¿Cómo ha de ir en el contrato de arrendamiento? ¿Y qué ocurre en caso de cláusulas abusivas?

A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la fianza de arrendamiento.

¿Qué es la fianza de arrendamiento?

La fianza de arrendamiento es una cantidad de dinero que el inquilino entrega al dueño en el momento de firmar el contrato de arrendamiento. Esta fianza tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de alquiler y sobre todo asegurar que el inmueble se devuelve al dueño en las mismas condiciones que se entregó al inquilino, así como que el inquilino cumpla sus obligaciones económicas (pago del alquiler). Esto no quiere decir que la fianza sirva para pagar el último mes, que sólo se puede hacer en caso de que el dueño acepte explícitamente esta condición.

¿Cuál es el importe máximo de la fianza de alquiler?

Como hemos mencionado antes, la Ley de Arrendamientos Urbanos y la jurisprudencia establece que la fianza no podrá ser superior a una cantidad equivalente a una mensualidad de renta.

Puede que el casero pida una cantidad mayor, pero nunca podrá ser considerada como fianza, sino como garantía adicional, por ejemplo en caso de que la vivienda esté amueblada. En ese caso, la garantía adicional podrá ser de una cantidad variable, o incluso podrá ser un aval bancario, pero NUNCA puede ser más de DOS meses de fianza.

¿Cómo ha de reflejarse la fianza en el contrato de arrendamiento?

La fianza ha de ir reflejada en el contrato de arrendamiento, especificando la cantidad entregada y el plazo para su devolución, que nunca deberá ser superior a 30 días tras la finalización del contrato.

Es importante que el arrendador entregue al arrendatario un recibo de la fianza, donde se indique la cantidad entregada y el concepto, o bien que ésto esté especificado en el contrato de alquiler.

En la mayoría de los casos, el casero está obligado a depositar la fianza en la Oficina de la Vivienda de la Comunidad Autónoma correspondiente. El inquilino podrá pedir al casero una resguardo de dicho depósito, o acudir a la Oficina de la Vivienda para comprobar que la fianza está depositada allí. Cada Comunidad Autónoma tiene sus propias reglas sobre el depósito de la fianza, y el casero está obligado a cumplirlas.

¿Qué ocurre en caso de cláusulas abusivas en relación a la fianza?

En caso de que el contrato contenga cláusulas abusivas en relación a la fianza, estas serán nulas y se considerará que no se han puesto en vigor.

Te recomendamos que acudas a un abogado especializado si crees que estás sufriendo unas condiciones abusivas en tu contrato de alquiler. Recuerda que los costes de una consulta de un abogado especializado no serán muy altas, y pueden sacarte de un apuro. En Legal Fácil, disponemos de nuestro servicio de Consulta Express para este tipo de casos.

¿Qué ocurre si el casero no devuelve la fianza?

En caso de que el casero no devuelva la fianza al finalizar el contrato de arrendamiento, el inquilino podrá reclamarla, y llegado a un punto, se podrá acudir a un procedimiento judicial.

Es importante destacar que el casero tiene un plazo de 30 días para devolver la fianza desde la finalización del contrato de alquiler. En caso contrario, se entenderá que el inquilino ha actuado de forma negligente y podrá ser condenado a pagar una indemnización. Si quieres más información, visita nuestra entrada de blog ¿Cómo recuperar tu fianza de alquiler de manera sencilla?.

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