Guía ITP. ¿Qué valor uso para liquidar este impuesto?

¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

Después de nuestra Guía sobre Impuestos al vender un inmueble, ahora pasamos al impuesto principal al comprar una vivienda. Sobre todo tras los cambios legislativos de los últimos años, sobre el valor referencia para liquidar el ITP. Y sobre todo, qué hacer si nos llega una temida Comprobación de Valor de Hacienda.

Empezamos por el principio. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es una tasa que se aplica en la compraventa de bienes inmuebles. En términos simples, es el impuesto que debes pagar al adquirir una propiedad. Este impuesto varía según la comunidad autónoma en la que te encuentres. Desde el 2021, el valor que se usa para pagar el ITP ha cambiado. Quédate con nosotros si quieres saber cómo te va a influir.

Ya no se usa el valor real de compraventa para autoliquidar el ITP. Ahora, en general, hay que usar el valor de referencia. El valor de referencia lo puedes encontrar desde la página web del Catastro. Puedes usar este enlace.

¿Qué hacer si el Valor de Referencia es Mayor que el Valor de Compra?

La autoliquidación del ITP es el procedimiento mediante el cual el comprador declara y paga el impuesto correspondiente ante la administración fiscal. Sin embargo, en ocasiones, el valor de referencia establecido por la administración puede ser mayor que el valor real de compra. En este caso, existen opciones para afrontar esta situación. Si la vivienda está en malas condiciones o, simplemente has encontrado un chollo (enhorabuena!), entonces la diferencia puede ser muy grande. En este caso, estarás pagando mucho más impuestos de los que esperas. Esta diferencia pueden ser de miles de euros!

Cómo Manejar esta Discrepancia de Valores

Pues bien, lo primero que sucederá si has autoliquidado por el valor de compra, es que en pocos meses te llegará una carta certificada de la Oficina Liquidadora de Hacienda correspondiente al municipio donde se encuentra el inmueble con el título «Procedimiento de Comprobación Limitada» o similar.

El siguiente paso es realizar una serie de alegaciones. Puedes tratar de reclamar tú mismo en este paso, puesto que no necesitas un abogado. Trata de demostrar que el valor del inmueble es inferior al valor de referencia. Fotos, facturas de reparaciones y obras, cualquier prueba puede ser de utilidad. Y no olvides presentar las alegaciones en plazo.

No te des por vencido antes de tiempo

No te preocupes si no te aceptan las alegaciones. Es lo más normal. Ahora te tocará pagar la diferencia entre el valor declarado y el valor de referencia. Pero NO TODO ESTÁ PERDIDO. De hecho, en Legal Fácil ya hemos logrado reclamar con éxito varias liquidaciones de ITP tras esta primera denegación.

Tras el pago, tendrás que poner un Recurso ante el Tribunal Economico Administrativo. Aunque no es imprescindible, a partir de este punto es muy recomendable que cuentes con el asesoramiento adecuado de profesionales en derecho civil y fiscal. Nuestro despacho de abogados, Legal Fácil, está especializado en estos temas y puede ofrecerte la orientación necesaria para resolver esta discrepancia de valores de manera eficiente y en cumplimiento con la normativa legal vigente.

Los plazos para que recibas la respuesta a tu recurso son más prolongados, llegando a ser hasta de seis meses. Incluso, si después de esta respuesta, se te deniega la devolución de lo que has pagado de más, todavía puedes poner un Recurso Contencioso Administrativo. Aquí ya sí necesitarás de un abogado y procurador, pero ten en cuenta que el coste del proceso puede compensar con creces el valor de lo que te deberían devolver.

Te ponemos un ejemplo:

Compras una vivienda proveniente de una herencia, o de un embargo al banco. El valor de referencia del catastro es de 220.000€, pero las condiciones del inmueble son tan malas que el precio que has pagado es 150.000€. Si el inmueble está en Madrid, puede que estés pagando hasta 4.200€ de más!

Si he autoliquidado por el valor de referencia, ¿puedo seguir reclamando?

Sí. Además podrás reclamar intereses de demora en el caso de que finalmente se demuestre que tenías razón.

Contacta con Legal Fácil para un Asesoramiento Personalizado

En Legal Fácil entendemos lo complejo que puede resultar este proceso. Por eso, te invitamos a ponerte en contacto con nuestros expertos en derecho civil y fiscal. Ofrecemos asesoramiento personalizado para ayudarte a resolver cualquier situación relacionada con la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. ¡Estamos aquí para brindarte la ayuda que necesitas con un primer análisis SIN NINGÚN COSTE PARA TI!

4.7/5 - (3 votos)

Te ha gustado el artículo?

Si te gusta, comparte!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Mandatory fields are marked with *

Tabla de Contenidos

Entradas relacionadas